CSJ - AL10088-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL10088-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- —
SCLAJPT-06 V.00
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL10088-2026 Radicación n.°17001-31-05-002-2022-00161-02 Acta 11 Bogotá D.C., ocho (8) de abril de dos mil veintiséis (2026)
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES,
CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE
AHORRO INDIVIDUAL PROTECCIÓN SA (PROTECCIÓN)
vs. LUZ DARY BETANCURT GARCÍA, DEPARTAMENTO DE
CALDAS, DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SALUD DE
CALDAS, ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL
UNIVERSITARIO SANTA SOFÍA DE CALDAS, LA NACIÓN
-MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO y
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN
PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP) Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNAsu calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Juan FranciscoRadicación n.° 17001-31-05-002-2022-00161-02
SCLAJPT-06 V.00
Hernández Roa, con tarjeta profesional n.° 35.277 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA (Protección), en los términos y para los efectos del mandato conferido.
Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA (Protección), en los términos y para los efectos del mandato conferido. Acéptese el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA (Protección), recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Sin costas, por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 2