🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AL10306-2026

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AL10306-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2026

SCLAJPT-04 V.00

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente

AL10306-2026 Radicación n.° 76001-31-05-001-2024-00193-02 Acta 17

Bogotá D. C., veinte (20) de mayo de dos mil veinti séis (2026)

SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE

PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S. A. vs. ANA SOFÍA

GÓMEZ PÁEZ

Se autoriza para actuar dentro del proceso de la referencia como apoderado de la parte recurrente, Porvenir

S. A. , a Manuel Rodrigo Jaimes Beltrán , con tarjeta profesional n.° 417.436, abogado inscrito a la firma Godoy

Córdoba Abogados S. A. S.

Acéptese el desistimiento presentado por la recurrente al «recurso de reposición y en subsidio queja interpuesto contra auto que deniega [la] casación» incoada contra la sentencia proferida el 30 de abril de 2025 por la Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali , en el proceso ordinario laboral promovidoRadicación n.° 76001-31-05-001-2024-00193-02 SCLAJPT-04 V.00 2 por Ana Sofía Gómez Páez contra la referida administradora de pensiones.

Se condenará en costas en el recurso, conforme lo previsto en el numeral 1 del artículo 365 del Código General del Proceso, las cuales estarán a cargo de Porvenir S. A. y a favor de Ana Sofía Gómez Páez. Como agencias en derecho se

previsto en el numeral 1 del artículo 365 del Código General del Proceso, las cuales estarán a cargo de Porvenir S. A. y a favor de Ana Sofía Gómez Páez. Como agencias en derecho se fija la suma de $1.700.000, que deberá incluirse en la liquidación que practique el juez de primera instancia, de conformidad con lo dispuesto en el canon 366 del mismo código.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase.VÍCTOR JULIO USME PEREA

PRESIDENTE DE LA SALA

JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO

Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea

Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Clara Inés López Dávila Magistrada

Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De JusticiaSala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12

Código de verificación: 2d20120d0ff7dc66e8d17c96e1d3f29189f6b2af4121c93519ad52eec48995e4

Documento generado en 20/05/2026 03:37:20 PM

Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

Consultar sobre este documento ...