CSJ - AL10696-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL10696-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2026
SCLAJPT-05 V.00
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente
AL10696-2026 Radicación n.° 05001-31-05-014-2024-00041-02 Acta 21
Bogotá D. C., diecisiete (17) de junio de dos mil veintiséis (2026)
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
(COLPENSIONES) vs. MARTHA GLORIA ZULUAGA
CASTAÑO.
Se avizora que, en auto de 2 9 de a bril de 202 6, se autorizó a la sociedad Casación Laboral Estudio S. A. S., identificada con NIT. 900.739.123 -5, representada legamente por Linda Tatiana Vargas Ojeda, para que actuara como apoderada judicial de la parte recurrente, Colpensiones; en consecuencia, resulta inane algún pronunciamiento sobre el poder presentado por la opositora.
Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, Colpensiones, contra la sentencia proferida por la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en elRadicación n.° 05001-31-05-014-2024-00041-02 SCLAJPT-05 V.00 2 proceso ordinario laboral promovido por Martha Gloria Zuluaga Castaño contra la recurrente.
Con costas en el recurso extraordinario de casación, conforme lo previsto en el numeral 1 del artículo 365 del Código General del Proceso, las cuales estarán a cargo de Colpensiones y a favor de Martha Gloria Zuluaga Castaño.
Con costas en el recurso extraordinario de casación, conforme lo previsto en el numeral 1 del artículo 365 del Código General del Proceso, las cuales estarán a cargo de Colpensiones y a favor de Martha Gloria Zuluaga Castaño. Como agencias en derecho se fija la suma de $6.600.000, que deberá incluirse en la liquidación que practique el juez de primera instancia, de conformidad con lo dispuesto en el canon 366 del mismo código.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
Notifíquese y cúmplase.JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ
PRESIDENTE DE LA SALA
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR VÍCTOR JULIO USME PEREA No firma por ausencia justificada
MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO
Firmado Por: Juan Carlos Espeleta Sánchez
Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Víctor Julio Usme Perea No Firma Por Ausencia Justificada
Marjorie Zúñiga Romero MagistradaCorte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
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