CSJ - AL10707-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL10707-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2026
SCLAJPT-04 V.00
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente
AL10707-2026 Radicación n.° 76001310501720200031502 Acta 21
Bogotá D. C., diecisiete (17) de junio de dos mil veintiséis (2026)
Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) vs. Beatriz Sandoval Orejuela y Orlando Hung González como sucesor procesal de Rosa Imelda González de Hung
En vista de que Beatriz Sandoval Orejuela no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Por otra parte, la demanda de casación presentada por Colpensiones en este asunto satisface las exigencias formales de ley. En consecuencia, continúese con el trámite.Radicación n.° 76001310501720200031502
SCLAJPT-04 V.00 2
Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo y por el término legal a cada uno de los opositores, Beatriz Sandoval Orejuela y Orlando Hung González como sucesor procesal de Rosa Imelda González de Hung, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social,
cada uno de los opositores, Beatriz Sandoval Orejuela y Orlando Hung González como sucesor procesal de Rosa Imelda González de Hung, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia a la firma Casación Laboral Estudio S. A. S., con NIT n.° 900.739.123 -5, como apoderada judicial de Colpensiones, quien podrá actuar a través de sus apoderados inscritos, conforme el poder general conferido mediante escritura pública visible en el registro 7 del cuaderno digital de la Corte. De igual forma, a la abogada Linda Tatiana Vargas Ojeda, con tarjeta profesional n.° 287.982 del Consejo Superior de la Judicatura, en los términos y para los efectos del memorial aportado el mismo día.
Notifíquese y cúmplase.JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ
PRESIDENTE DE LA SALA
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR VÍCTOR JULIO USME PEREA No firma por ausencia justificada
MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO
Firmado Por: Juan Carlos Espeleta Sánchez
Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Víctor Julio Usme Perea No Firma Por Ausencia Justificada
Marjorie Zúñiga Romero MagistradaCorte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
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