CSJ - AL1126-2020
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL1126-2020
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2020
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL1126-2020 Radicación n.º 86235 Acta 19 Bogotá, D.C., tres (03) de junio de dos mil veinte (2020). Carlos Mario Muñoz Trujillo y otro vs. Envigado Futbol Club S.A. y otro. Conforme al escrito que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte, presentado por la parte recurrente Carlos Mario Muñoz Trujillo, acéptase el DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto, en tanto el desistimiento se presentó dentro del término de traslado al recurrente. De otra parte, córrase traslado a la parte RECURRENTE Envigado Futbol Club S.A., por el término legal. Sobre la selección a trámite de la demanda de casación, se decidirá al momento de calificarla. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 86235 cmo 2 Radicación n.° 86235 cmo 3
CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 052663105001201600447-01
RADICADO INTERNO: 86235
CARLOS MARIO MUÑOZ
RECURRENTE: TRUJILLO, ENVIGADO FUTBOL
CLUB S.A.
CARLOS MARIO MUÑOZ
OPOSITOR: TRUJILLO, ENVIGADO FUTBOL
CLUB S.A.
DRA.CLARA CECILIA DUEÑAS
MAGISTRADO PONENTE:
QUEVEDO
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 19 de junio de 2020, a las 8:00 a.m. se notifica por anotación en Estado n.° 43 la providencia proferida el 3 de junio de 2020.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 25 de junio de 2020 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 3 de junio de 2020.
SECRETARIA___________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO Desde hoy 26 de junio de 2020 a las 8:00 a.m. se inicia traslado por el término de 20 días al
RECURRENTE: Envigado Futbol Club S.A.