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CSJ - AL1259-2015

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1259-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2015

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Magistrada ponente AL1259-2015 Radicación n.° 58979 Acta 7 Bogotá, D. C., once (11) de marzo de dos mil quince (2015) Obra a folio 36 del cuaderno de la Corte el escrito por medio del cual el apoderado del recurrente JULIÁN LEMOS IDROBO desiste del recurso extraordinario de casación que instauró contra la sentencia de 31 de julio de 2012, proferida por la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá; conforme al poder que milita de folios 1 a 2 del cuaderno del Juzgado, se encuentra habilitado para el efecto, por lo tanto se aceptará tal petición. 1 Radicación n.° 58979 Ahora bien, como quiera que dicha actuación se produce tras el vencimiento del término del traslado para replicar y hubo pronunciamiento de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES, tal como se demuestra con los informes secretariales y el escrito obrante de folios 30 a 33, según el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, procede la imposición de costas al haberse causado tal como lo explicó esta Sala, entre otras, en providencia CSJ AL, 24 ago. 2011, rad. 50901; por lo que se establecen las agencias en derecho en cuantía de un millón seiscientos veinticinco mil pesos ($1.625.000).

Como el demandante era el único impugnante, se dispondrá la devolución del expediente al Tribunal de origen. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por el apoderado del demandante JULIÁN LEMOS IDROBO, contra la sentencia de 31 de julio de 2012, proferida por la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario que promovió contra el

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES hoy

2 Radicación n.° 58979

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES

COLPENSIONES.

SEGUNDO: COSTAS a cargo del demandante JULIÁN LEMOS IDROBO, se incluirán las agencias en derecho en cuantía de un millón seiscientos veinticinco mil pesos

($1’625.000).

TERCERO: REMITIR el expediente, cumplido lo anterior, al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Presidenta

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

3 Radicación n.° 58979

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

4

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