CSJ - AL12704-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL12704-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2026

SCLAJPT-04 V.00

VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente

AL12704-2026 Radicación n.° 17001-31-05-003-2021-00439-02 Acta 37

Bogotá, D. C., catorce (14) de octubre de dos mil veintiséis (2026)

Germán Helí Rendón Velásquez vs. Alirio de Jesús Laroche Sánchez y otros.

Se reconoce al abogado José Roberto Herrera Vergara, portador de la TP n.° 18. 316 del C SJ, como apoderado judicial de la Central Hidroeléctrica de Caldas SA (CHEC SA), en los términos y para los efectos del memorial visible en el Sistema Integrado de Gestión Judicial (SIUGJ).

De otro lado, s e acepta el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la Central Hidroeléctrica de Caldas SA (CHEC SA) contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, en el proceso de la referencia,Radicación n.° 17001-31-05-003-2021-00439-02 SCLAJPT-04 V.00 2 de acuerdo con el escrito visible en el Sistema Integrado de Gestión Judicial (SIUGJ).

Adicionalmente, la demanda de casación presentada por el recurrente: Germán Helí Rendón Velásquez reúne los requisitos de ley. En consecuencia, continúese con el trámite.

Como quiera que el artículo 2.° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la

requisitos de ley. En consecuencia, continúese con el trámite.

Como quiera que el artículo 2.° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia y, en este asunto, las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, por Secretaría, córrase traslado conjuntamente a los opositores: Alirio de Jesús Laroche Sánchez , José Alirio Laroche Raigosa, Adriana María Laroche Raigosa, María Lucelly Blandon Novoa, Yeny Carolina Raigosa Jiménez y al mismo tiempo a Seguros Generales Suramericana SA , HDI Seguros Colombia SA y Central Hidroeléctrica de Caldas SA (CHEC SA) conforme lo autoriza el canon 95 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.

Por otra parte, se reconoce al abogado Héctor Jaime Giraldo Duque, portador de la TP n.° 142.328 del CSJ, como apoderado judicial de Germán Helí Rendón Velásquez, en los términos y para los efectos del memorial visible en el Sistema Integrado de Gestión Judicial (SIUGJ).

Por último, por Secretaría, corríjase en el Sistema Integrado de Gestión Judicial (SIUGJ), en el sentido deRadicación n.° 17001-31-05-003-2021-00439-02 SCLAJPT-04 V.00 3 excluir a la Central Hidroeléctrica de Caldas SA (CHEC SA) como parte recurrente.

SCLAJPT-04 V.00 3 excluir a la Central Hidroeléctrica de Caldas SA (CHEC SA) como parte recurrente.

Notifíquese y cúmplase.VÍCTOR JULIO USME PEREA

PRESIDENTE DE LA SALA

JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO

Firmado Por: Víctor Julio Usme Perea

Magistrado Presidente Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Juan Carlos Espeleta Sánchez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Luis Benedicto Herrera Díaz Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Iván Mauricio Lenis Gómez Magistrado Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Clara Inés López Dávila Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De JusticiaSala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Omar Ángel Mejía Amador Magistrado Corte Suprema De JusticiaSala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

Marjorie Zúñiga Romero Magistrada Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,

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