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CSJ - AL1276-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1276-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año

SCLAJPT-06 V.00

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL1276-2026 Radicación n.° 05001-31-05-001-2022-00166-01 Acta 7 Bogotá D.C., cuatro (4) de marzo de dos mil veintiséis (2026)

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES,

CESANTÍA Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE

AHORRO INDIVIDUAL PROTECCIÓN SA vs. EDGAR ALBERTO GUILLEN MAZO La Sala advierte que, por un error involuntario, en el auto AL033-2026 se tuvo por aceptado el desistimiento del recurso extraordinario de casación a la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Porvenir SA (Porvenir), cuando, en realidad, se debió aceptar por parte de la recurrente, la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Protección SA.Radicación n.° 05001-31-05-001-2022-00166-01

SCLAJPT-06 V.00

En consecuencia, se aclara el referido proveído en el sentido de que se acepta el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el apoderado de la recurrente. Sin costas, por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 2

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