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CSJ - AL1284-2019

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1284-2019
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2019

República de Colombia Gorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión N.” 1 DOLLY AMPARO CAGUASANGO VILLOTA Magistrada ponente AL1284-2019 Radicación n.” 59794 Acta 11 Bogotá, D. C., tres (3) de abril de dos mil diecinueve (2019).

DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIÓN y otros Vs

LILIANA ÁLVAREZ RUSSO y otros.

Revisado el expediente, se encuentra que a folio 95 del cuaderno de la Corte se ordenó correr traslado a la recurrente —AlcaldíaDistrito Especial y Portuario de Barranquilla por el término legal para formular demanda de casación en este asunto, no obstante, de acuerdo al informe secretarial de folio % y una vez revisada las actuaciones se evidencia que no presentó la demanda de casación. SCLAJPT-05 V.OO Radicación n. 59794 En consecuencia, se declara desierto el recurso extraordinario de casación instaurádo por la -—AlcaldíaDistrito Especial y Portuario de Barranquilla, por falta de sustentación dentro del término legal, ello de acuerdo a lo dispuesto en artículo 65 del Decreto 528 de 1964. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR desierto el recurso de casación interpuesto por —AlcaldíaDistrito Especial y Portuario de Barranquilla, contra la sentencia proferida el 30 de abril de

2012 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla, en el proceso promovido por Liliana Álvarez Russo en contra de la Dirección Distrital de Liquidación de Barranquilla y —Alcaldia— Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla SEGUNDO: Ejecutoriado el presente auto, regresen las actuaciones al Despacho para continuar con el trámite correspondiente, esto es, el estudio de la demandada de casación interpuesta por la Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla. SCLAJ3PT-05 V.OO Radicación n? 39794 Notifiquese y cúmplase.

MARTÍN ÉMILIO BELTRÁN QUINTERO

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DOLLY AMP. CAGUASANGO VILLOTA ÓW n

ERNESTO FORERO VARGAS

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