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CSJ - AL1301-2015

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1301-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2015

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL1301-2015 Radicación n.°67240 Acta 07 Bogotá, D. C., once (11) de marzo de dos mil quince (2015). Octavio Gnecco Palacio y otro Vs. Proes S.A. Ingenieros Consultores y otro En vista de que el apoderado de la parte recurrente (José Eduar Yaima Agudelo) no presentó la respectiva demanda de casación dentro del término de traslado, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Con base en lo dispuesto en el inciso 3, artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, que modificó el artículo 93 del Código 1 Radicación n.° 67240 Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Álvaro Rodríguez Hernández, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.352.655 y portador de la T.P. No. 44.326 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación –Consejo Superior de la Judicaturay consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM Multas y Cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4. La dirección de notificación de dicho apoderado es Avenida

Jiménez 8-49 Of. 201 de Bogotá. Devuélvase el expediente al Tribunal de Origen. Notifíquese y cúmplase.

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Presidenta de Sala

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

2 Radicación n.° 67240

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

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