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CSJ - AL1462-2014

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1462-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente AL1462-2014 Radicación n° 61119 Acta n°. 008 Bogotá, D.C., doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014).

JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ SARMIENTO Y

OTROS Vs. ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P.

Y OTROS.

Al revisar el expediente se observa que la sentencia de primera instancia resultó adversa a las pretensiones del demandante Jorge Enrique Rodríguez Sarmiento. Al decidir la alzada, el Tribunal confirmó lo resuelto por el juzgado 1 Radicación n° 61119 respecto de dicho demandante. Contra la sentencia de segunda instancia, el apoderado del mencionado demandante interpuso en su nombre el recurso de casación. Sin embargo, el Tribunal concedió el recurso a favor de otro de los demandantes, Sergio Martínez Urueña, y al igual que a la empresa demandada. La Corte admitió el recurso tal y como lo concedió el Tribunal. Es decir, a favor de Sergio Martínez Urueña y la sociedad Electrificadora del Caribe S. A. E. S. P. Sin embargo, como quiera que el apoderado del demandante Jorge Enrique Rodríguez Sarmiento, sustentó en su nombre el recurso extraordinario de casación, para todos los efectos pertinentes y por economía procesal, deberá tenerse como recurrente extraordinario a dicho demandante y asimismo se ordenará a la Secretaría corregir

en ese sentido la página web en lo correspondiente a este proceso. De igual manera, se ordenará correr traslado de dicha demanda de casación a la sociedad Electricaribe S. A., E.S.P., por el término legal. En mérito de lo expuesto, la Sala Laboral de la Corte Suprema, 2 Radicación n° 61119 RESUELVE PRIMERO.- Tener como demandante y recurrente en casación al señor JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ SARMIENTO, ordenándose a la Secretaría que haga las correcciones pertinentes en la página web de la Corporación. SEGUNDO.- DECLARAR que la demanda de casación presentada por el apoderado de JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ SARMIENTO reúne los requisitos formales de ley. TERCERO.- Reconocer personería al doctor Germán Valdés Sánchez, con T. P. No. 11147 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la sociedad ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P.¸ en los términos y para los efectos del poder conferido. CUARTO.- De la demanda de casación presentada por el señor JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ SARMIENTO, córrase traslado por el término legal a la sociedad

ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P.

QUINTO.- Cumplido lo anterior, vuelva el expediente al Despacho para continuar con el trámite del recurso interpuesto por la sociedad demandada. 3 Radicación n° 61119 Notifíquese y cúmplase.

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

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