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CSJ - AL1603-2019

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1603-2019
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2019

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL1603-2019 Radicación n.” 83131 Acta 18 Bogotá, D. C., veintidós (22) de mayo de dos mil diecinueve (2019). La Nación Ministerio de Salud y Protección Social hoy Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social ADRES Vs. Empresas Públicas de Medellín ESP. Por cuanto no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 20 de marzo de 2019, la Sala se abstiene de calificar la demanda de casación presentada por la apoderada de la parte recurrente La Nación Ministerio de Salud y Protección Social hoy Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social ADRES, teniendo en cuenta que el memorial presentado el 25 de julio de 2018 puso fin al poder conferido, lo anterior de conformidad con el artículo 76 del Código General del Proceso, inciso 4, en el sentido que «la renuncia no pone término al poder SCLAIPT-04 Y.0O Radicación n.” 83131 sino cinco (5) días después de presentado el memorial de renuncia en el juzgado, acompañado de la comunicación enviada al poderdante en tal sentido». Ahora bien, en vista de que quien presenta la demanda de casación en nombre de La Nación Ministerio de Salud y Protección Social hoy Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social ADRES carece de poder para actuar, la Sala de Casación Laboral de la Corte declara desierto el recurso extraordinario de casación, interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Primera de Decisión

Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, con fecha dieciocho (18) de julio de dos mil dieciocho (2018). Lo anterior, en virtud de que la legitimación adjetiva constituye presupuesto de validez de los recursos judiciales. Como no queda actuació rente, devuélvase el

SCLAJIPT-04 V.00 2

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FERN STILLO CADENA

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