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CSJ - AL1679-2021

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1679-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

MARTÍN EMILIO BELTRÁN QUINTERO Magistrado ponente AL1679-2021 Radicación n.° 72565 Acta 13 Bogotá, D.C., veinte (20) de abril de dos mil veintiuno (2021). Proceso Ordinario Laboral de WILMAN ALONSO

CAMARGO DURÁN contra EMPRESA DE

TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. ESP – ETB S.A.

ESP. Procede la Sala a resolver la solicitud de corrección de la sentencia proferida CSJ SL1087-2020, del 20 de abril 2020, presentada por el apoderado de la demandada

EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A.

ESP – ETB S.A. ESP, dentro del proceso que le sigue

WILMAN ALONSO CAMARGO DURÁN.

I. ANTECEDENTES A través de escrito obrante a folio 195, el apoderado

SCLAJPT-10 V.00

Radicación n.° 72565 judicial de la demandada Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP – ETB S.A. Esp, solicitó «corregir la sentencia de la referencia en el sentido de precisar que el nombre correcto del demandante es WILMAN ALONSO CAMARGO DURÁN», lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 286 del CGP.

II. CONSIDERACIONES El artículo 286 del Código General del Proceso, aplicable en materia laboral por remisión del artículo 145 del CPTSS, consagra que toda providencial judicial en la que se haya incurrido en error puramente aritmético, es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud

de parte. El inciso final de la citada norma, igualmente dispone, que «lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica en los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de éstas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ellas». Al examinar el expediente encuentra la Sala que le asiste razón al memorialista, dado que por un error involuntario en la transcripción, tanto en el encabezado como en la parte resolutiva de la sentencia de casación, se indica que el nombre del demandante es WILMAN ALFONSO CAMARGO DURÁN, cuando en realidad corresponde a WILMAN ALONSO CAMARGO DURÁN, tal como consta en la cédula de ciudadanía que obra en el expediente a folio 179 del cuaderno del juzgado.

SCLAJPT-10 V.00 2

Radicación n.° 72565 En mérito de lo expuesto, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia,

III. RESUELVE: PRIMERO: ACCEDER a la solicitud de corrección de la sentencia emitida por esta Sala CSJ SL1087-2020, del 20 de abril de 2020, en consecuencia, se CORRIGE el encabezado y la parte resolutiva de dicha providencia, en el sentido de que el nombre correcto del demandante es

WILMAN ALONSO CAMARGO DURÁN.

SEGUNDO: En firme este proveído, devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase.

SCLAJPT-10 V.00 3

Radicación n.° 72565

SCLAJPT-10 V.00 4

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105028201100782-01

RADICADO INTERNO: 72565

RECURRENTE: WILMAN ALONSO CAMARGO DURÁN

EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES

OPOSITOR:

DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.

DR.MARTÍN EMILIO BELTRÁN

MAGISTRADO PONENTE:

QUINTERO

Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 07/05/2021, se notifica por anotación en estado n.° 50 la providencia proferida el 20 de abril de 2021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 12/05/2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 20 de abril de 2021.

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

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