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CSJ - AL1682-2018

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL1682-2018
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2018

República de Colombia Corte Sunrema de Justicia Salad e Casación Laboral

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado Ponente AL1682-2018 Radicación n43152 Acta 16 Bogotá, D. C., nueve (09) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

RAMÓN ALIRIO NAVARRO MENESES Vs.

COMPAÑÍA COLOMBIANA ADMINISTRADORA DE

FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS COLFONDOS

S.A., el MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO

PÚBLICO y el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.

Antes de proferir la respectiva decisión de instancia y, para mejor proveer, se ordena que, por la Secretaría de la Sala, se oficie a la OBP de Minhacienda, solicitándole: Radicación n” 43152

1. Allegue, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del recibo de la comunicación respectiva, una liquidación del bono pensional a nombre del afiliado RAMÓN ALIRIO MENESES NAVARRO, identificado con c.c. 10190509, donde tenga en cuenta, como tiempos válidos para bono de pensión Tipo A, modalidad 2, con fecha de corte 28 de abril de 1994, todos los contenidos en la historia laboral que allegó el ISS a esta Sala en respuesta a oficio, visible a fls. 193 a 197, de la cual se le enviará copia. En lo demás, mantenga los mismos datos de la liquidación 27,

2. Adicional a lo anterior, allegue el cálculo del valor del bono con fecha de corte 28 de abril de 1994, con fecha

de emisión 22 de octubre de 2004. Y también con fecha de emisión 2 de junio de 2005. Igualmente, en estos dos casos, calcular el valor del bono a la fecha de redención anticipada a 2 de junio de 2005. Se oficie a COLPENSIONES, antes el ISS, solicitándole: Allegue, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del recibo de la comunicación respectiva, el cálculo del valor de la liquidación del bono tipo A, modalidad 1, del afiliado RAMÓN ALIRIO MENESES NAVARRO, identificado con c.c. 10190509, a las fechas de 22 de octubre de 2004 y 2 de junio de 2005, de acuerdo con el tiempo certificado por la misma entidad, como cotizado Radicación n 43152 después de Ley 100 de 1993. Esto es: del 28/04/1994 al 31/12/1994. Se le adjuntará al oficio copia de la historia obrante a fls.193 a 197 que allegó la misma entidad. Se oficie a COLFONDOS para que, en el término de 15 días contados a partir del recibo de la comunicación respectiva, informe cuál era el capital requerido para reconocer al actor la pensión anticipada de vejez a partir del 2 de junio de 2005 y cuál habría sido el monto de la primera mesada pensional. Notifiquese. ml — Radicación n” 43152

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