CSJ - AL1849-2023
Detalles
- Título
- CSJ - AL1849-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2023
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL1849-2023 Radicación n.° 97884 Acta 28 Bogotá D.C., dos (2) de agosto de dos mil veintitrés (2023). Fiduciaria La Previsora S.A. – Fiduprevisora S.A. como vocera del Patrimonio Autónomo Fondo Nacional del Pasivo Pensional y Prestacional de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. – PAR FONECA vs. Elber Enrique Celedón Gonzáles y Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios En vista de que la parte recurrente no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Sin costas.
SCLAJPT-04 V.00
Radicación n.° 97884 Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Con ausencia justificada
FERNANDO CASTILLO CADENA
SCLAJPT-04 V.00 2
Radicación n.° 97884
SCLAJPT-04 V.00 3
Radicación n.° 97884
SCLAJPT-04 V.00 4
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 03 de agosto de 2023 a las 08:00 a.m., se notifica por anotación en estado n.° 121 la providencia proferida el 02 de agosto de 2023.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia
CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 09 de agosto de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 02 de agosto de 2023.