CSJ - AL1864-2014
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL1864-2014
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2014
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE
Magistrado Ponente AL1864-2014 Radicación No. 63969 Acta No. 12
MARÍA CHRISTINA SLAGTER MOBACH VS.
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN.
Bogotá D.C., nueve (09) de abril de dos mil catorce (2014). En razón de que la apoderada, de la parte recurrente MARÍA CHRISTINA SLAGTER MOBACH en el presente juicio, no presentó demanda de Casación dentro del término que le fue concedido, según el anterior informe de Secretaría la Sala de Casación Laboral de la Corte declara DESIERTO el recurso. Impóngase multa de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes a la apoderada de la parte recurrente Doctora ANA CARMENZA REYES, identificada con cédula de ciudadanía 31.850.586 expedida en Cali, abogada inscrita y titulada, con T.P. 64943 C.S.J, según lo Radicado: 63969 establecido por el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010. Así mismo, remítase copia de esta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para su respectivo cobro. Téngase al doctor JAIME CERÓN CORAL, como apoderado de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES-, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte. Respecto del mandato que obra a folio 7 del cuaderno de
la Corte, conferido por el representante legal del INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES en liquidación a un nuevo apoderado, que se presentó después de la entrada en vigencia del citado Decreto 2013 de 2012, la Sala se abstiene de reconocerle personería, por cuanto en este momento operó la sucesión procesal con COLPENSIONES. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
NOTIFÍQUESE.
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Radicado: 63969