CSJ - AL1924-2019
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL1924-2019
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2019
IC 1 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala re Descongestión N.” 4 OMAR DE JESÚS RESTREPO OCHOA Magistrado ponente AL1924-2019 Radicación n.” 64577 Acta 016 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de mayo de dos mil diecinueve (2019). En el proceso de la referencia, donde es recurrente OLGA ELENA LIZCANO FIGUEROA; y opositores el BANCO
SANTANDER COLOMBIA S.A. y el INSTITUTO DE
SEGUROS SOCIALES, ISS, hoy ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES, mediante sentencia del 28 del 4 de diciembre de 2018, la sala casó la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, el 15 de agosto de 2013, y, para mejor proveer se dispuso que, por Secretaria, se librara oficioa la entidad bancaria, .para que remitiera copia del acto por medio del :'c_ua“l'—' 'r'-e'Có“¿oció y 1íquícíó '1afº. pensión voluntaria, fruto del acuerdo conciliatorio llevácjl0¿a, cabo el 25 de agosto de 1992, ante la Dirección Regional del 7 Trabaj o y Seguridad Social de Santander. La entidad tanif£éíén ] ; . ad
SCEAJPT-10 V.00
Radicación n.” 64577 debía certificar, la forma en que se obtuvo el cálculo del IBL teniendo en cuenta factores salariales y prestacionales
Vista la respuesta remitida por Itaú CorpBanca Colombia S.A., a través de la Gerente de Relaciones Laborales, Seguridad y Salud en el Trabajo, el 14 de marzo de 2019 (f. 120 a 124 del cuaderno de la Corte), observa la Sala que es incompleta. En consecuencia, se dispone requerir, nuevamente, a la referida entidad bancaria para que aporte la «/...] copta del acto por medio del cual se reconoció la pensión voluntaria a la señora Olga Elena Lizcano Figueroa, a partir del 5 de febrero de 1996», de lo contrario, deberá manifestarse si ese acto no existe en sus archivos, caso en el cual la sala entrará a proveer con los elementos de juicio allegados. Notifiquese y cúmplase.
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