CSJ - AL197-2021
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL197-2021
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2021
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL197-2021 Radicación n.° 88898 Acta 3 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021). Alpla Colombia Ltda vs. Unión Sindical de Trabajadores de las Industrias “USTI”. La Corte avoca el conocimiento del recurso de anulación que ALPLA COLOMBIA LTDA interpuso contra el laudo arbitral de 1 de julio de 2020, proferido por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre la recurrente y la UNIÓN SINDICAL
DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS “USTI”.
Asimismo, se ordena dar traslado como opositor a la Unión Sindical de Trabajadores de las Industrias “USTI”, para que en un término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente. SCLAJPT-04 V.00 ggc Radicación n.° 88898 Por otra parte, se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia al doctor Juan Manuel Guerrero Melo, como apoderado de Alpla Colombia Ltda, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 155 del archivo segundo del cuaderno digital de anulación del tribunal de arbitramento. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala
SCLAJPT-04 V.00 2
Radicación n.° 88898
SCLAJPT-04 V.00 3
CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110012205000202088898-01
RADICADO INTERNO: 88898
RECURRENTE: ALPLA COLOMBIA LTDA
UNION SINDICAL DE
OPOSITOR: TRABAJADORES DE LAS
INDUSTRIAS "USTI"
DR.IVAN MAURICIO LENIS
MAGISTRADO PONENTE:
GOMEZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 3 de febrero de 2021, Se notifica por anotación en estado n.° 015 la providencia proferida el 27 de enero de 2021.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 8 de febrero de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 27 de enero de 2021.