CSJ - AL1979-2020
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL1979-2020
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2020
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL1979-2020 Radicación n.°85526 Acta 30 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de agosto de dos mil veinte (2020). Charles Arthur Heshusius Logreira vs. Detroit Diesel Overseas Corporation y otro. Conforme al escrito que obra a folio 67 del cuaderno de la Corte, presentado por la parte Charles Arthur Heshusius Logreíra, acéptase el DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., en el juicio de la referencia. Ahora bien, revisado el expediente resulta evidente que Detroit Diesel Overseas Corporation y Daimler A.G. Daimler Trucks North America LLC., al ejercer su derecho de defensa, presentaron oportunamente la réplica al escrito de la demanda de casación, lo que dio lugar a un desgaste de dicha
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Radicación n.° 85526 parte, y como no se observa que ésta coadyuve la petición elevada por el recurrente, indudablemente se causaron las costas, las cuales se fijan en la suma de dos millones ciento veinte mil pesos ($2.120.000.00 M/CTE). Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.
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Radicación n.° 85526
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CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105008201000936-01
RADICADO INTERNO: 85526
CHARLES ARTHUR HESHUSIUS
RECURRENTE:
LOGREIRA
DETROIT DIESEL OVERSEAS
CORPORATION, DAIMLER A.G.,
OPOSITOR:
DAIMLER TRUCKS NORTH
AMERICA LLC.
DRA.CLARA CECILIA DUEÑAS
MAGISTRADO PONENTE:
QUEVEDO
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 27 de agosto de 2020, Se notifica por anotación en estado n.° 82 la providencia proferida el 19 de agosto de 2020.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 1.º de septiembre de 2020 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 19 de agosto de 2020.