CSJ - AL2056-2023
Detalles
- Título
- CSJ - AL2056-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2023
FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado ponente AL2056-2023 Radicación n.°98733 Acta 31 Bogotá, D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil veintitrés (2023)
FIDUPREVISORA COMO VOCERA DEL FONDO
NACIONAL DEL PASIVO PENSIONAL Y PRESTACIONAL
DE LA ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. -
FONECA vs. YOLANDA MIER GARCÍA Y OTRO.
Téngase en cuenta la renuncia presentada por la doctora Adriana Parra Cruz al poder otorgado por Fiduprevisora como vocera del Fondo Nacional del Pasivo Pensional y Prestacional de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. Lo anterior, por cuanto se dio cumplimiento a la exigencia consagrada en el inciso 4º del artículo 76 del Código General del Proceso. Por falta de sustentación oportuna de la parte Recurrente, se declara desierto el recurso extraordinario.
SCLAJPT-04 V.00
Documento firmado electrónicamente Firmado por: Fernando Castillo Cadena Fecha: 23-08-2023 Código de verificación: D7B22BB192AD0B99F75CFC7B868A66A559EC008234E8880316BE08A49201EB11 Radicación n.° 98733 No hay lugar a costas por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y Cúmplase.
SCLAJPT-04 V.00 2
Documento firmado electrónicamente Firmado por: Fernando Castillo Cadena Fecha: 23-08-2023 Código de verificación: D7B22BB192AD0B99F75CFC7B868A66A559EC008234E8880316BE08A49201EB11
Radicación n.° 98733
SCLAJPT-04 V.00 3
Documento firmado electrónicamente Firmado por: Fernando Castillo Cadena Fecha: 23-08-2023 Código de verificación: D7B22BB192AD0B99F75CFC7B868A66A559EC008234E8880316BE08A49201EB11 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 24 de agosto de 2023 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 133 la providencia proferida el 23 de agosto de 2023.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 29 de agosto de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 23 de agosto de 2023.