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CSJ - AL20921(26-02-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL20921(26-02-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2003

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION LABORAL

Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ

Radicación No. 20921 Acta No 13 Bogotá, D. C.,veintiséis (26) de febrero de dos mil tres (2003) Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el 30 de septiembre de 2002 en el proceso que ALFONSO EDUARDO GERALDINO GONZALEZ instauró

contra la LA NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE.

I. ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación por haber considerado que fue “interpuesto por el apoderada (sic) judicial de la parte demandada” (folio 164), y que la cuantía del interés jurídico económico del actor superaba el mínimo exigido por 2 Inadmisión 20921 el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad

Social.

II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Como quiera que uno de los presupuestos de validez de los recursos judiciales es el de la legitimación adjetiva, en su proposición, debe decirse que no aparece en el expediente constancia de habérsele otorgado poder al abogado ARMANDO SAUCEDO ORTIZ, a nombre de quien se presentó el escrito obrante a folio 162 del expediente, mediante el cual se pretendió interponer el recurso de casación.

En consecuencia, no es dable admitir el recurso extraordinario por falta de legitimación de quien en nombre del demandado recurrente lo planteó. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de

3 Inadmisión 20921 Justicia, Sala de Casación Laboral,

R E S U E L V E:

1. Inadmitir el recurso de casación interpuesto en nombre de LA NACIÓN-MINISTERIO DE TRANSPORTE contra la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2002 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en el proceso que le

sigue ALFONSO EDUARDO GERALDINO GONZALEZ.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, ISAURA VARGAS DIAZ 4 Inadmisión 20921

CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS

LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ LUIS GONZALO TORO CORREA

GERMAN G. VALDES SANCHEZ FERNANDO VASQUEZ BOTERO

LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ

Secretaria

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