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CSJ - AL22908(20-11-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL22908(20-11-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2003

República de Colombia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION LABORAL

Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ

Radicación No. 22908 Acta No 75 Bogotá, D. C., veinte (20) de noviembre de dos mil tres (2003). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 12 de septiembre de 2003 en el proceso que FREDY HERNANDO SÁNCHEZ CORDOBA instauró contra

el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES SECCIONAL ANTIOQUIA.

I. ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación por haber considerado que fue “interpuesto por la parte demandada, representada por su apoderado judicial” (folio 244 cuaderno 2), y que la cuantía del interés jurídico económico del actor superaba el República de Colombia 2 Inadmisión 22908 mínimo exigido por el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Como quiera que uno de los presupuestos de validez de los recursos judiciales es el de la legitimación adjetiva, en su proposición, debe decirse que no aparece en el expediente constancia de la representación que se aduce por quien otorgó poder al abogado GABRIEL RAVE ARISTIZABAL, mediante el escrito obrante a folio 243 del expediente.

En consecuencia, no es dable admitir el recurso extraordinario por falta de legitimación de quien en nombre del demandado lo planteó. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de

Justicia, Sala de Casación Laboral, República de Colombia 3 Inadmisión 22908

R E S U E L V E:

1. Inadmitir el recurso de casación interpuesto en nombre del INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES SECCIONAL ANTIOQUIA contra la sentencia dictada el 12 de septiembre de 2003 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el proceso que le sigue FREDY HERNANDO SÁNCHEZ CORDOBA.

2. Se acepta el impedimento manifestado por el

Magistrado Doctor FERNANDO VASQUEZ BOTERO. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, República de Colombia 4 Inadmisión 22908

ISAURA VARGAS DIAZ

CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS

LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ LUIS GONZALO TORO CORREA

LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ

Secretaria

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