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CSJ - AL23005(27-11-2003)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL23005(27-11-2003)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2003

República de Colombia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION LABORAL

Magistrada ponente: ISAURA VARGAS DIAZ

Radicación No. 23005 Acta No 78 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil tres (2003). Se resuelve sobre la procedencia del recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 23 de septiembre de 2003 en el proceso que JAIME ENRIQUE ZAMBRANO VELÁSQUEZ instauró contra la sociedad ALCALIS DE COLOMBIA LIMITADA ‘ALCO

LTDA’, EN LIQUIDACIÓN.

I. ANTECEDENTES El Tribunal concedió el recurso de casación al considerar que “El señor apoderado judicial de la parte demandada interpuso recurso de casación (...)” (folio 31 cuaderno del Tribunal), República de Colombia 2 Inadmisión 23005 y el interés jurídico económico de ALCALIS DE COLOMBIA LTDAALCO LTDA’, en liquidación, que decía representar el abogado, “superaría el monto de 120 salarios mínimos” (ibídem).

II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Como quiera que uno de los presupuestos de validez de los recursos judiciales es el de la legitimación adjetiva, en su proposición, debe decirse que no aparece en el expediente el poder que aduce el abogado ARLEY PEREZ GONZALEZ haber recibido del representante legal de la demandada.

En consecuencia, no es dable admitir el recurso extraordinario por falta de legitimación de quien en nombre del demandado lo planteó.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de República de Colombia 3 Inadmisión 23005 Justicia, Sala de Casación Laboral,

R E S U E L V E:

1. Inadmitir el recurso de casación interpuesto en nombre de la sociedad ÁLCALIS DE COLOMBIA LIMITADA – ALCO LTDA. EN LIQUIDACIÓN contra la sentencia dictada el 23 de septiembre de 2003 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, en el proceso que le sigue JAIME ENRIQUE ZAMBRANO

VELASQUEZ.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, República de Colombia 4 Inadmisión 23005

ISAURA VARGAS DIAZ

CARLOS ISAAC NADER EDUARDO LOPEZ VILLEGAS

LUIS JAVIER OSORIO LOPEZ LUIS GONZALO TORO CORREA

FERNANDO VASQUEZ BOTERO

LAURA MARGARITA MANOTAS GONZALEZ

Secretaria

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