CSJ - AL2455-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL2455-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- —
SCLAJPT-04 V.00
JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ Magistrado ponente AL2455-2026 Radicación n. ° 05001-31-05-010-2018-00398-01 Acta 13 Bogotá, D. C., veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026)
LUIS FERNANDO GRANADOS PÉREZ VS. CEMENTOS
ARGOS S. A. (ARGOS S. A.) Y OTRO.
Se acepta el desistimiento del recurso de casación que interpuso la parte recurrente Luis Fernando Granados Pérez contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín en el juicio de la referencia. Asimismo, las costas en el recurso extraordinario de casación estarán a cargo del recurrente Luis Fernando Granados Pérez y a favor de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones ). No hay lugar a condena en costas en favor de Cementos Argos S. A., en atención a la coadyuvancia del desistimiento, conforme a lo regulado en el artículo 316 del Código General del Proceso.Radicación n.° 05001-31-05-010-2018-00398-01
SCLAJPT-04 V.00
Como agencias en derecho se fija la suma tres millones trescientos mil pesos ($3.300.000), valor que se incluirá en la liquidación que se practique con arreglo a lo dispuesto en el artículo 366 del Código General del Proceso. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 2