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CSJ - AL2582-2021

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL2582-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL2582-2021 Radicación n.°84306 Acta 24 Bogotá, D.C., treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021).

GLORIA EMPERATRIZ CHAPARRO NAJAR vs. FONDO

DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE

COLOMBIA Y OTROS.

Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente Gloria Emperatriz Chaparro Najar, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario laboral promovido por su poderdante contra el Fondo Pasivo Social de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia y otros. Con costas en el recurso extraordinario de casación a cargo de la parte recurrente, toda vez que se presentó oposición. Como agencias en derecho se fija la suma de dos

SCLAJPT-04 V.00

Radicación n.°84306 millones doscientos mil pesos ($2.200.000), que se incluirán en la liquidación que el juez de primera instancia haga, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 366 del Código General del Proceso. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala

SCLAJPT-04 V.00 2

Radicación n.°84306 No firma por ausencia justificada

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

SCLAJPT-04 V.00 3

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105037201600119-01

RADICADO INTERNO: 84306

GLORIA EMPERATRIZ CHAPARRO

RECURRENTE:

NAJAR

MIRIAM LOPEZ DE CICEROS,

MARIA DEL ROSARIO RIBERO DE

OPOSITOR: LIZARAZO, FONDO DE PASIVO

SOCIAL DE FERROCARRILES

NACIONALES DE COLOMBIA

Dr. OMAR ANGEL MEJIA

MAGISTRADO PONENTE:

AMADOR

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 07 de julio de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 110 la providencia proferida el 30 de junio de 2021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 12 de julio de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 30 de junio de 2021.

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

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