CSJ - AL2664-2016
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL2664-2016
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2016
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Magistrado Ponente AL2664-2016 Radicación n° 74210 Acta No. 15 Bogotá, cuatro (04) de mayo de dos mil dieciséis (2016) José de Jesús Hernández Sánchez Vs. Empresa de Energía de Bogotá E.S.P. S.A. Revisado el expediente, observa la Sala que el recurrente en queja no aportó las expensas necesarias para la expedición de las copias ordenadas por el Tribunal, a fin de surtir el recurso de queja ante esta Corporación (fl. 1809), en auto del 15 de diciembre de 2015. Ahora bien, el incumplimiento de los términos para suministrar los medios para expedirlas y el retiro de las mismas, conlleva la preclusión del recurso de conformidad con el artículo 378 del Código de Procedimiento Civil. 1 Radicado n° 74210 Señálese que comoquiera que el recurso fue interpuesto en el año 2015, la norma que rige el asunto es el artículo 378 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía en materia laboral con arreglo a lo dispuesto en el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, y no, la enunciada por la Secretaría del Tribunal Superior de Bogotá al remitir el expediente, por lo tanto, devuélvase el expediente al Tribunal de origen para lo de su competencia. Notificase y cúmplase.
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Presidente de Sala
GERARDO BOTERO ZULUAGA
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
FERNANDO CASTILLO CADENA
2 Radicado n° 74210
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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