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CSJ - AL2879-2019

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL2879-2019
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2019

Kepúhlica de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Cosación Lakoral JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL2879-2019 Radicación n.” 83671 Acta 26 Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019). Inversiones Siatoba Limitada, Uniminas S.A.S., Jefferson Alexander Ruiz Heredia, Cristian Dario Ramirez Ruiz, María Dolores Ruiz Heredia, quien actúa en nombre propio y en representación de L.M.Q.R., J.D.Q.R., L.D.Q.R., S.Y.Q.R., y Y.T.Q.R. Vs. Inversiones Siatoba Limitada, Uniminas S.A.S., Jefferson Alexander Ruiz Heredia, Cristian Darío Ramíirez Ruiz, María Dolores Ruiz Heredia, quien actúa en nombre propio y en representación de L.M.Q.R., J.D.Q.R., L.D.Q.R., S.Y.Q.R.,

y Y. T.Q.R.

Por falta de sustentación dentro del término legal, se declara desierto el recurso extraordinario de casación, interpuesto por la apoderada de la parte recurrente Uniminas S.A.S., contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del SCLAJPT-04 YV.OO Radicación n.” 83671 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, con fecha tres (03) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Se acepta el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el apoderado de la parte recurrente Jefferson Alexander Ruiz Heredia, Cristian Darío Ramirez Ruiz, Maria Dolores Ruiz Heredia, quien actúa en nombre propio y en representación de L.M.Q.R., J.D.Q.R., L.D.Q.R.,

S.Y.Q.R., y Y.T.O.R., interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, con fecha tres (03) de octubre de dos mil dieciocho (2018), mediante escrito visible a folio siete (07) del cuaderno de la Corte. No hay lugar a costas por no haberse causado. Como no queda actuación pendiente, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifiquese. Presidente de la Sala SCLAIPT-04 V.OO Radicación n.” 83671 —

FERNANDO CASTILLO CADENA

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