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CSJ - AL2969-2017

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL2969-2017
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2017

123 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL2969-2017 Radicación n° 73475 Acta 16 Bogotá, D. C., diez (10) de mayo de dos mil diecisiete (2017). Empresa para la Seguridad Urbana E.S.U. vs. Carmen Fabiola Mena Scarpetta y otro. Se acepta el impedimento manifestado por el doctor Jorge Mauricio Burgos Ruiz para conocer del presente asunto. Según el informe secretarial de 7 de marzo de 2016, dentro del término de traslado concedido a la parte recurrente (Empresa para la Seguridad Urbana E.S.U.) para presentar la demanda de casación, el mandatario de la Radicación n. 73475 entidad mencionada, allegó un poder con miras a que se le reconociera personería jurídica para actuar en el proceso. No obstante, se'advierte que la Secretaria de esta Sala no puso a disposición del despacho el expediente de la referencia a fin de que surtiera el trámite requerido sino que, en su lugar, continuó ininterrumpidamente con el traslado al recurrente, sin que se recibiera la sustentación del recurso extraordinario de casación dentro del término que se otorgó para tal efecto, pese a que, el mismo se interpuso el 1 de octubre de 2015, por lo que se debió proceder a la suspensión de términos de que trata el inciso final del artículo 120 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, y en aras de garantizar el derecho al debido proceso consagrado en artículo 29 de la Constitución

Política, se ordena a la Secretaría que, una vez quede ejecutoriada la presente providencia, continúe con el traslado a la empresa recurrente por el término restante. Conforme lo anterior, se reconoce personería para actuar dentro del proceso de la referencia al doctor Juan Guillermo Herrera Gaviria como apoderado de la parte recurrente, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte. Notifíquese y cúmplase. Radicación n. 73475 OTERO ZULUAGA mite de Sala

IMPEDIDO

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

RIGOBERTO ova BUENO

L JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN mer Se NotM iP f. i cC oL AR eA l aC uE tC oIL IA a nD tU arE iÑ oA rS pQU oE rE V oE nD O t ación El Cao tario: me TI JESSE

CORTE SUPREMA I.

SALA DE CASACIÓN 14803

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poBrpotá, D.C. oe evade ocho de la meñana queda el civ wee oe. A ocio de la parte : RECURRENTE Ent aca (re AO - «ONDA dies pri surlieudio of

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