CSJ - AL303-2016
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL303-2016
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2016
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL303-2016 Radicación n.° 72911 Acta 02 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil dieciséis (2016). Osnaldo Enrique Polo Lora Vs. Cementos Argos S.A. En vista de que la apoderada de la parte recurrente (Osnaldo Enrique Polo Lora) no presentó la respectiva demanda de casación dentro del término de traslado, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964. Con base en lo dispuesto en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.L. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. a la apoderada judicial de la parte recurrente, Mercedes Ahumada Cervantes, identificada con 1 Radicación n.° 72911 cédula de ciudadanía No. 32.628.584 y portadora de la T.P. No. 70.230 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación – Consejo Superior de la Judicatura - y consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM Multas y Cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4, la apoderada en referencia no suministró dirección de notificación. Devuélvase el expediente al Tribunal de Origen.
Notifíquese y cúmplase.
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Presidenta de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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