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CSJ - AL303-2016

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL303-2016
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2016

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL303-2016 Radicación n.° 72911 Acta 02 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil dieciséis (2016). Osnaldo Enrique Polo Lora Vs. Cementos Argos S.A. En vista de que la apoderada de la parte recurrente (Osnaldo Enrique Polo Lora) no presentó la respectiva demanda de casación dentro del término de traslado, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964. Con base en lo dispuesto en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.L. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. a la apoderada judicial de la parte recurrente, Mercedes Ahumada Cervantes, identificada con 1 Radicación n.° 72911 cédula de ciudadanía No. 32.628.584 y portadora de la T.P. No. 70.230 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación – Consejo Superior de la Judicatura - y consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM Multas y Cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4, la apoderada en referencia no suministró dirección de notificación. Devuélvase el expediente al Tribunal de Origen.

Notifíquese y cúmplase.

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Presidenta de Sala

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

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