CSJ - AL312-2018
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL312-2018
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2018
República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sota de Casacido Laberal FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado ponente AL312-2018 Radicación n. 79085 Acta 03 Bogotá D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil dieciocho (2018)
JOSÉ ¿OMAR CHAVARRO JIMÉNEZ vs.
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
(COLPENSIONES) Por auto de 16 de mayo de 2017, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá sostuvo que «por tratarse de una prestación con incidencia a futuro estima la sala que resulta procedente el recurso impetrado y por tanto, SE CONCEDE el recurso de casación». Sin embargo, encuentra la Sala que pese a que dicha Corporación consideró que por tratarse de un tema pensional y, por ende, con incidencias futuras, concedió el recurso sin realizar las operaciones aritméticas pertinentes para determinar la estimación de la cuantía, conforme lo consagra expresamente en artículo 92 del C.P.L. y S.S.
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Radicación n. 79085 Frente al tema, recuérdese que uno de los factores determinantes para la viabilidad de dicho recurso se concreta en el interés jurídico para recurrir, luego era menester hacer los cálculos respectivos para dar trámite al citado recurso. Para llegar a esta conclusión, habría bastado la lectura del artículo 86 del C.P.T. y S.S., en la forma como fue modificado por el precepto 43 de la Ley 712 de 2001, norma actualmente
vigente para establecer el interés jurídico para recurrir en casación. En consecuencia, se ordena la devolución del expediente del Tribunal de origen para que verifique la procedencia del recurso de casación respecto de la cuantía para recurrir, Notifíquese. Presidente de la Sala RUIZ
SCLANPT-06 V.00
Radicación n. 79085 ) » EMÁN — [cum SALA DE CASACIÓN LABORAL Se Notificó e! auto anterior por anotación 3 en estado N”:. deja constancia que en la fecha y hora
Ho oy y: : 01 FEB 2018 p> re a dd ea ns c, i a qu 3e 6d a ejecutoriad Ha o rala : pr 5es Per MEl Secretario.