CSJ - AL3300-2018
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL3300-2018
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2018
84 República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión N 4
GIOVANNI FRANCISCO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ
Magistrado Ponente AL3300-2018 Radicación n.” 52889 Acta 25 Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de julio de dos mil dieciocho (2018). Realmente el error que avizora la parte opositora, en la sentencia pronunciada en el sub lite, lo cometió la Sala al momento de cuantificar las costas, pues son cantidades diferentes las expresadas en letras y números, por consiguiente, ha de enmendarse dicha equivocación, esto con fundamento en los artículos 285 y 286 del CGP. Así las cosas, se observa que frente a las costas en E casación, éstas se fijaron así: «[...] en la suma de tres millones setecientos cincuenta mil pesos ($7.500.000) [...]», por lo que se impone hacer claridad que el valor correcto es el indicado en números, es decir, la suma de siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000,00). - 1. Envirtud de lo expuesto, la Corte,
SCLAPT-10 V.00
Radicación n. 52889
I. RESUELVE PRIMERO: CORREGIR la sentencia de casación proferida por esta Sala el 28 de febrero de 2018 en el sentido de indicar que el valor correcto de las costas en casación es de siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000,00), y no de /...] tres millones setecientos cincuenta mil pesos».
SEGUNDO: RECONOCER personería a Juan Carlos
Zuluaga Zuluaga, como apoderado de Esperanza Yanet Herrera Flórez, en los términos y para los efectos del poder que obra a folio 83 del cuaderno de la Corte. Notifíquese y cúmplase.