🇨🇴⚖️ La Corte Suprema probó Ariel. (⭐4.6/5) Conoce los resultados aquí

CSJ - AL3433-2021

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AL3433-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL3433-2021 Radicación n.°89679 Acta 29 Bogotá, D. C., cuatro (4) de agosto de dos mil veintiuno (2021) Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A. vs. Ingris Mildreth Yojanna Martínez Quinceno. Se reconoce personería para actuar dentro del proceso de la referencia al doctor Juan Francisco Hernández Roa como apoderado sustituto de la recurrente, en los términos y para los efectos del memorial obrante a folio 9 del cuaderno de la Corte. Conforme al escrito obrante a folio 10 del cuaderno de la Corte presentado por la recurrente, acéptese el DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto en tanto el desistimiento se presentó dentro del término de traslado. SCLAJPT-04 V.00 ggc Radicación n.° 89679 Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala No firma por ausencia justificada

FERNANDO CASTILLO CADENA

2 Radicación n.° 89679 3

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 150013105002201800119-01

RADICADO INTERNO: 89679

ADMINISTRADORA DE FONDO DE

RECURRENTE: PENSIONES Y CESANTIA

PROTECCION S. A.

INGRIS MILDRETH YOJANNA

OPOSITOR:

MARTINEZ QUICENO

DR.IVAN MAURICIO LENIS

MAGISTRADO PONENTE:

GOMEZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 12 de agosto de 2021, Se notifica por anotación en estado n.° 131 la providencia proferida el 04 de agosto de 2021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 18 de agosto de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 04 de agosto de 2021.

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

Consultar sobre este documento ...