🇨🇴⚖️ La Corte Suprema probó Ariel. (⭐4.6/5) Conoce los resultados aquí

CSJ - AL3607-2021

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AL3607-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL3607-2021 Radicación n.° 90613 Acta 31 Bogotá, D. C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

LUISA FERNANDA LINARES GILER vs.

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES

(COLPENSIONES), y OTRO Se acepta el impedimento manifestado por el doctor Fernando Castillo Cadena. Sería del caso pronunciarse sobre la admisión del recurso de casación concedido por el ad quem, de no ser porque, el apoderado de la parte actora Luisa Fernanda Linares Giler, presenta memorial de desistimiento contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia, razón por lo cual, esta Sala, le acepta la mencionada solicitud.

SCLAJPT-05 V.00

Radicación n.° 90613 Sin costas, por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala

IMPEDIDO

FERNANDO CASTILLO CADENA

SCLAJPT-05 V.00 2

Radicación n.° 90613

SCLAJPT-05 V.00 3

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 110013105009201700461-01

RADICADO INTERNO: 90613

RECURRENTE: LUISA FERNANDA LINARES GILER

SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE

FONDOS DE PENSIONES Y

OPOSITOR: CESANTIAS PORVENIR S.A.,

ADMINISTRADORA COLOMBIANA

DE PENSIONES COLPENSIONES

DR. LUIS BENEDICTO HERRERA

MAGISTRADO PONENTE:

DIAZ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 20 DE AGOSTO DE 2021 a las 8:00 a.m se notifica por anotación en Estado n.° 135 la providencia proferida el 18 DE AGOSTO DE 2021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 25 DE AGOSTO DE 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 18 DE AGOSTO DE 2021

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

Consultar sobre este documento ...