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CSJ - AL3860-2014

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL3860-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia 36

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA Magistrado ponente AL3860-2014 Radicación n.° 63749 Acta 25 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de julio de dos mil catorce (2014).

JULIA MERCEDES DEL PERPETUO SOCORRO

CORTÉS MADRID vs. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN HOY COLPENSIONES Se reconoce personería al doctor Jaime Horacio Cerón Coral, con T.P. No.10.975 del C. S. de la J., como apoderado de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, en los términos y para los efectos del poder conferido. Así mismo, a la doctora Lucía Arbeláez de Tobón, con T.P. No. 10.254 del C. S. de la J., como apoderada sustituta de la misma, para los fines indicados en la sustitución de poder que obra a folio 11 del cuaderno de la Corte. 1 Radicación n.° 63749 La Sala se abstiene de reconocer personería al apoderado del Instituto de Seguros Sociales en liquidación, debido a que la parte demandada actúa como administradora de prima media con prestación definida para los efectos del Decreto 2013 de 2012 y no en calidad de empleadora. De acuerdo con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, se le acepta la renuncia del poder presentada por el apoderado de la parte opositora, Colpensiones. Por Secretaría comuníquesele al poderdante

en la forma prevista en esta norma. Finalmente, acéptese el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el apoderado de la parte recurrente, sin que haya lugar a costas por no haberse causado. En consecuencia, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese.

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Presidente de Sala 2 Radicación n.° 63749

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

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