CSJ - AL3866-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL3866-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL3866-2025 Radicación n.° 11001-02-05-000-2025-01019-00 Acta 21 Bogotá, D. C., dieciocho (18) de junio de dos mil veinticinco (2025). Asociación Nacional Sindical de Trabajadores y Servidores Públicos de la Salud, la Seguridad Social Integral y Servicios Complementarios de Colombia “ANTHOC” vs. Empresa Remeo Medical Services S. A. S. La Sala advierte que el laudo arbitral que profirió el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre las partes fue notificado a la recurrente Asociación Nacional Sindical de Trabajadores y Servidores Públicos de la Salud, la Seguridad Social Integral y Servicios Complementarios de Colombia “ANTHOC” vía correo electrónico el 27 de febrero de 2025 a las 3:37 p.m. SCLAJPT-04 V.00Radicación n.° 11001-02-05-000-2025-01019-00 Asimismo, que la recurrente presentó recurso de anulación por vía correo electrónico el 6 de marzo de la misma anualidad, por lo que, al haberse presentado el recurso dentro del término legal y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, la Corte avoca el conocimiento del mismo. En consecuencia, se ordena dar traslado como opositora a la Empresa Remeo Medical Services S. A. S.
establecido en el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, la Corte avoca el conocimiento del mismo. En consecuencia, se ordena dar traslado como opositora a la Empresa Remeo Medical Services S. A. S. para que en el término de tres (3) días hábiles presente alegaciones, si así lo considera pertinente. Notifíquese, publíquese y cúmplase.