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CSJ - AL3881-2021

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL3881-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión N. 3 JIMENA ISABEL GODOY FAJARDO Magistrada ponente AL3881-2021 Radicación n.° 81540 Bogotá D.C., primero (1) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Ref. Mary Márquez Monsalve Vs. Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones. En atención a los lineamientos contenidos en el artículo 2 de la Ley 1781 de 20 de mayo de 2016, que añadió un parágrafo al artículo 16 de la Ley 270 de 1996, y el artículo 26 del Reglamento de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, adoptado mediante Acuerdo 48 de 16 de noviembre de 2016, además de lo decidido por la mayoría de la Sala de Descongestión Laboral No. 3, compuesta por los doctores Donald José Dix Ponnefz, Jimena Isabel Godoy Fajardo y Jorge Prada Sánchez, según Acta 16 del 12 de mayo del año en curso, se ordena que por Secretaría se remita a la Sala Permanente de Casación Laboral de esta Corporación, el proceso identificado con radicado único 105001310501220140155401, y número interno 81540. En consecuencia, devuélvase el expediente al despacho del Magistrado Gerardo Botero Zuluaga, que lo remitió. Notifíquese y cúmplase. I

JIMENA ISABEL GODOY FAJARDO

Magistrada

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 050013105012201401554-01

RADICADO INTERNO: 81540

GILMA MARY MARQUEZ

RECURRENTE:

MONSALVE

ADMINISTRADORA COLOMBIANA

OPOSITOR:

DE PENSIONES COLPENSIONES

DRA.JIMENA ISABEL GODOY

MAGISTRADO PONENTE:

FAJARDO

Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 06-09-2021, Se notifica por anotación en estado n.° 110 la providencia proferida el 01-092021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 09-09-2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 01-092021.

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

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