CSJ - AL4065-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL4065-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
SCLAJPT-10 V.00
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL4065-2025 Radicación n.°76001-31-05-016-2022-00089-01 Acta 22 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de junio de dos mil veinticinco (2025).
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDO DE
PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S. A. vs. CARMEN
ELVIRA NÚÑEZ GONZÁLEZ Y OTRO.
Se autoriza para actuar en el presente proceso al abogado Juan Francisco Hernández Roa ; como apoderad o especial de la parte recurrente, Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones Cesantías Porvenir S. A. , en los términos y para los efectos del poder otorgado. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones Cesantías Porvenir S. A., contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en el proceso ordinario laboral promovido por Carmen Elvira Núñez González , contra la SociedadRadicación n.°76001-31-05-016-2022-00089-01
SCLAJPT-10 V.00 2
Administradora de Fondos de Pensiones Cesantías Porvenir
S. A.
Sin costas por cuanto no hubo oposición. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.Firmado electrónicamente por:
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.Firmado electrónicamente por:
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala
JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADORVICTOR JULIO USME PEREA
MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
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Documento generado en 2025-06-25