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CSJ - AL4092-2021

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL4092-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL4092-2021 Radicación n.°88722 Acta 35 Bogotá, D. C., quince (15) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).

ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P

(ELECTRICARIBE S.A. E.S.P) vs. SAILAN MARÍA VEGA

RAMÍREZ.

Conforme al informe secretarial que antecede, el presente recurso no fue sustentado oportunamente. Por lo tanto, es del caso que la Sala proceda a declararlo

DESIERTO.

Ahora bien, es preciso indicar que la Corte Constitucional, mediante sentencia C-492 de 2016, declaró inexequible la multa contenida en el artículo 93 de la Ley 1395 de 2010, en los casos de declaratoria de desierto del recurso de casación por falta de requisitos o extemporaneidad en la presentación de la demanda. Lo anterior, ya que, a su juicio, dicho precepto vulnera, en esencia, los derechos de igualdad, acceso a la justicia y debido proceso. En consecuencia, no se condenará en costas a la parte recurrente. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

SCLAJPT-04 V.00

Radicación n.°88722 Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala

SCLAJPT-04 V.00 2

Radicación n.°88722

SCLAJPT-04 V.00 3

Radicación n.°88722

SCLAJPT-04 V.00 4

CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 230013105002201900189-01

RADICADO INTERNO: 88722

ELECTRIFICADORA DEL CARIBE

RECURRENTE:

S. A. E.S.P.

OPOSITOR: SAILAN MARIA VEGA RAMIREZ

Dr. OMAR ANGEL MEJIA

MAGISTRADO PONENTE:

AMADOR

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 21 de septiembre de 2021 a las 08:00 a.m., Se notifica por anotación en estado n.° 156 la providencia proferida el 15 de septiembre de 2021.

SECRETARIA__________________________________

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 24 de septiembre de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 15 de septiembre de 2021.

SECRETARIA___________________________________

SCLTJPT-05 V.01

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