🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AL4188-2014

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AL4188-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

Magistrada Ponente AL4188-2014 Radicación n° 62681 Acta 25 Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil catorce (2014) Regresan las diligencias al Despacho, en consideración a la solicitud de «declaratoria de ilegalidad» del proveído de 5 de febrero de 2014, mediante el cual esta Sala de la Corte declaró desierto el recurso de casación e impuso multa al profesional del derecho recurrente. Radicación n° 62681 Argumentó el memorialista que solicitó una prórroga en tiempo para presentar la demanda de casación y «no solo desconocen esta petición, sino que declaran desierto el recurso y me sanciona pecuniariamente»; consideró vulnerado su derecho a la igualdad y al debido proceso pues «mientras sus justificaciones son tomada como válidas, en las demoras pronunciase o fallos (sic), nuestras solicitudes son desconocidas y castigadas ilegalmente»; por lo anterior, pidió revocar la providencia y aceptar la prórroga para la presentación de la demanda. Como quiera que el recurrente alega la «ilegalidad» de la decisión de 5 de febrero, con fundamento en el escrito visible a folio 4, en el que solicitó «prórroga del término para presentar demanda», ha de recordarse que el término de traslado para presentar la demanda empezó a correr desde el 30 de octubre y venció el 28 de noviembre de 2013, sin

que se presentara la sustentación del recurso, advirtiéndose que la referida solicitud se presentó el 2 de diciembre siguiente, en la que si bien indicó «estuve físicamente imposibilitado debido a una virosis que sufrí por más de mes y medio desde octubre 30 de 2013, lo que me generó estar en reposo físico y mental», no acreditó esa circunstancia, y aun cuando adujo que anexaría «próximamente el certificado médico de rigor», ello tampoco ocurrió. 2 Radicación n° 62681 En ese orden, la Sala no accederá a la solicitud elevada por el apoderado recurrente, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el auto atacado. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral RESUELVE PRIMERO: NEGAR la solicitud de «declaratoria de ilegalidad», de conformidad a las motivaciones que anteceden.

SEGUNDO: DAR cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de 5 de febrero de 2014.

Notifíquese y cúmplase, 3 Radicación n° 62681

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Presidente de Sala

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

4

Consultar sobre este documento ...