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CSJ - AL4532-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL4532-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2026

SCLAJPT-04 V.00

VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL4532-2026 Radicación n.° 50001-31-05-002-2021-00417-01 Acta 25 Bogotá, D. C., quince (15) de julio de dos mil veintiséis (2026) Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) vs. María Margarita Cortés Se reconoce a la firma Casación Laboral Estudio SAS, como mandataria judicial de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), quién podrá intervenir por intermedio de cualquier abogado inscrito en el certificado de existencia y representación legal. En este caso, a la doctora Linda Tatiana Vargas Ojeda identificada con TP n.° 287.982 del Consejo Superior de la Judicatura, en los términos y para los efectos del memorial visible en el portal Ecosistema Digital Acciones Virtuales (ESAV). Se acepta el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la Administradora Colombiana de PensionesRadicación n.° 50001-31-05-002-2021-00417-01

SCLAJPT-04 V.00 2

(Colpensiones) contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en el proceso de la referencia, de acuerdo con el portal Ecosistema Digital Acciones Virtuales (ESAV). No hay lugar a costas por no haberse causado. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.Firmado electrónicamente por:

VÍCTOR JULIO USME PEREA Presidente de la Sala Devuélvase el expediente al tribunal de origen.Firmado electrónicamente por:

VÍCTOR JULIO USME PEREA Presidente de la Sala

JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILAOMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: C263CA1AB5ECF83C1AFF28250D847CA793EE0ABF0C238F722B7AA39112EA1CFC Documento generado en 2026-07-15

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