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CSJ - AL4681-2015

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL4681-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2015

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL4681-2015 Radicación n.° 71629 Acta 28 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de agosto de dos mil quince (2015). Juvenal Ardila Velazco Vs. Fiduciaria Popular S.A. y Otros. En vista de que la parte recurrente (Juvenal Ardila Velazco) no presentó la demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964. Con base en lo consagrado en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.T. y S.S., se fija 1 Radicación n.° 71629 multa en 10 S.M.L.M.V. a la apoderada judicial de la parte recurrente Magdeleine Posada Paternina, identificada con cédula de ciudadanía No. 45.754.895 y portadora de la T.P. No. 189412 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación –Consejo Superior de la Judicaturay consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM multas y cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4, con dirección de notificación en el edificio Mara, oficina 403, centro de la ciudad de Cartagena Devuélvase el expediente al Tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase.

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Presidenta de Sala

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

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