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CSJ - AL4747-2018

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL4747-2018
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2018

RepúhdleCi oclao mhia CorlSeu prdeeJm uas licia SaldaeC asaciLabóorna l JORGLEU IQSU IROAZL EMÁN Magistproandeon te AL4747-2018 Radica8c1i3ó6n7 Act4a3 Bogotá D.C., catorce (14) de noviembre de dos mil dieciocho (2018). SocieAddamdi nistrdaeFd oonrdaod seP enosnieys CesantPíoarvse nSi.rA .V s.H ernáEnn riqBuoer rego Marriaga. Por cuanto no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 12 de septiembre de 2018, la Sala se abstiene de reconocer personería jurídica al apoderado de la entidad recurrente. Así mismo, en vista de que quien presenta la demanda de casación en nombre de la parte recurrente Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. carece de poder para actuar, la Sala de Casación Laboral de la Corte declara desierto el recurso extraordinario de casación, interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Radica8c1i3ó6n7 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, con fecha veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete (2017). Lo anterior, en virtud de que la legitimación adjetiva constituye presupuesto de validez de los recursos judiciales. Como no queda actuación pendiente, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. N otifiquese. VEDO Raidciaóc8n16 37 \ GE LUISQ

UIROZA LEMÁN

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