CSJ - AL4749-2018
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL4749-2018
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2018
RepúbdleiC coal ombia Corstuep rdeemJ au sticia SaldaeC asacLiaóbno ral SaldaeD escongNe:2s tión CARLOS ARTURO GUARÍN JURADO Magistrado ponente AL4749-2018 Radicación n. 61483 º Acta 38 Bogotá, D. C., treinta (30) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Procede la Sala a resolver la solicitud de corrección por cambio de palabras, de la sentencia proferida el nueve (9) de octubre de dos mil dieciocho (2018), dentro del proceso ordinario laboral promovido por JOSÉ ROSENDO CORTÉS CENDALES, en contra la sociedad PALMAS MONTERREY S. A. Mediante memorial visible a folio 65 del cuaderno de la Corte, la parte demandada solicitó corrección de la sentencia del dictada por esta Sala, el nueve (9) de octubre de los corrientes, mediante la cual se decidió el recurso de casación interpuesto por el demandante, por cuanto en la parte resolutiva de la misma, se identificó la sentencia recurrida, como proferida por «lSaa la LabodreaTllri bunSaulp erdieoDlri stJruidtiocd ieMa eld elellí n veint(i2d2ód)sef ebredredo o sm itlr e(c2e0 13cu)an»d,o en realidad, la sentencia de segunda instancia acusada, fue la Radicanc.ºi6 ó1n4 83 proferida por la «SalLaa bordaellT ribuSnuaple rdieo r Bucarameal1n 8gd aed iciedme2b 0r1e. 3 »
l. CONSIDERACIONES El artículo 286 del Codigo General del Proceso, aplicable en materia laboral por remisión del cánon 145 del CPTSS, determina que toda providenciajudicial, en la que se haya incurrido en error aritmético, de omisión, o por cambio de palabras o alteración de las mismas, es corregible por el Juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte. En efecto, dice textualmente la norma: ARTÍCU2L8O6 C.O RRECCIDÓEN E RROREASR ITMÉTIYC OS OTROTSo.d par ovideenqn ucei haa yian curernei rdrpoou rr amente se aritmpéuteidsceeo cr o rrepgoierdlj a u eqzu el ad icetnóc ualquier tiemdpeoo f,i cais oo lidceip taurdmt eed,i aanutteo . o Sil ac orrecchiiócnil eureedg eot ermienlap droo ceeslao u,t o se se notifipcoaarrv ái so. Lod ispueens to anterioarpelasi ca dee rrpoorr loisn cisos se locsa sos omisicóanm bdiepo a labraalst erdaec iósni emqpureees tén o o estas, conteneinld apa asr rtees oluitnifvlaeu nye alnl a. o A tal disposición normativa se remite la Sala, porque en la sentencia dictada el nueve (09) de octubre de dos mil dieciocho (2018), se incurrió en un error por alteración en las palabras, en razón a que se identificó, equivocadamente, el Tribunal y la fecha en que se profirió la sentencia acusada, pues aquella correspondió
a la proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el día dieciocho (18) de diciembre de dos mil doce (2012), y no como quedó plasmado en la resolutiva del pronunciamiento de casación, por el Tribunal de Medellín el 22 de 2 Radicnaº.c6 i1ó4n8 3 febrero de 2013. En consecuencia, como la normativa adjetiva procesal, permite que mediante auto se realice la corrección necesaria, a ello procederá la Corte.
11. DECISIÓN
.. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,
111. RESUELVE CORREGIR la resolutiva de la sentencia CSJ SL4452-2018, dictada el nueve (9}' de óCtubr'e • de dos mil díec1ocfió (201'8),. la ,./,. ,• , 1 ',¡
cual, quedfl.rá así: 1 . ;. ( La Corte Suprema ··de Jús·tiéia," Sala de ·casaciót Laboral, administrinc1o"justifi.a en nombre de la·Rfifiúblicay por autfiridad .. . . ,,, . "•'' .. .• de la ley, NO'CASA 1a-fiente'fiéifi proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, el dieciocho (18d)e d iciembre de dos mil doce (2012en) e,l p roceso ordinario laboral que instauró JOSÉ ROSENDO CORTÉS CENDALES contra la sociedad PALMAS MONTERREY S.A. Esta providencia hace parte integral de la sentencia citada en precedencia. Notifiquese y cúmplase.
3 @ fi dt C. o l orn b l a COtteSup reamJeau sttcil .. ,aldaCasaclt en l.lboral •· 5e11191ana Adlunlt le aotifteaclu óant toe ripooanrro ti6aca ea uta. d o N • Radicancº.i6 ó1n4 83 A DURÁNU JUETA @ RepüblicacleC olombil CorteSup,ema dJtu sticia Saldaa C NaciLana boral ~s.-.taliaAij uflla Se dejcao nsqtuaneecnl iaf a e c'1bb ol.Nir aJeaclal , /.fi O ..- ejecutloriapadr ae sepnttoev idencia BOJ_}_ ..._.&...ll.1.M.lr..ló,U,1,11 'H-..,..., -- Bqoti. D c. ,. V 1 9 o n (): ,l: (Jf) P. I( 4