CSJ - AL5055-2019
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5055-2019
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2019
77 República de Colombia Core Suprema de Justicia
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Magistrado Ponente AL5055-2019 Radicación n” 80264 Acta 41 Bogotá, D. C., trece (13) de noviembre de dos mil diecinueve (2019) Unidad Administrativa Especial xde «Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP vs. Margarita María Gómez Gallego. Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede y en vista de que no fue posible la notificación personal de la opositora-demandante Margarita Maria Gómez Gallego, en atención a lo previsto en el inciso primero del artículo 29 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, la Sala designará un curador ad lttem para que represente sus intereses y procederá a ordenar su emplazamiento por edicto, de conformidad con lo estipulado en el articulo 108 del Código General del Proceso. SCLAJPT-05 V.OS Radicación n. 80264 En ese orden de ideas, hecho el sorteo correspondiente con fundamento en la lista de profesionales del derecho que ejercen en tal condición ante esta sala y atendiendo a lo dispuesto por el inciso 7 del artículo 48 del Código General del Proceso, se designa a la abogada Teresita Ciendua Tangarife, con domicilio profesional en la calle 12 B No. 682 de la ciudad de Bogotá, edificio Fenalco, Oficina 404 y número telefónico 7498818, para que actúe como curadora ad litem de la señora Margarita María Gómez Gallego.
Cumpiido lo anterior, vuelva el expediente al despacho para continuar con el trámite que legalmente corresponda. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE: PRIMERO. ORDENAR el emplazamiento por edicto de MARGARITA MARÍA GÓMEZ GALLEGO, identificada con cédula de ciudadanía número 35.517.665, en los términos expuestos. SEGUNDO. COMUNICAR a la profesional del derecho Teresita Ciendua Tangarife, con domicilio profesional en la calle 12 B No. 6-82 de la ciudad de Bogotá, edificio Fenalco, Oficina 404, que fue designada como curadora ad litem y que deberá concurrir inmediatamente a asumir el cargo.
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