CSJ - AL5305-2015
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5305-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2015
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado Ponente AL5305-2015 Radicación n°70913 Acta 032 Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil quince (2015).
ÁLVARO ANTONIO OSPINO ANDRADE Vs.
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. ESP
ELECTRICARIBE S.A.
Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado dentro del término legal, por el demandante y único recurrente, Álvaro Antonio Ospino Andrade, se declara DESIERTO. Conforme lo previsto por el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el 49 de la Ley 1395 de 2010, se impone a la apoderada de dicha parte, Emerita del Socorro Meza Barrios, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 32.664.466 y portadora de la Tarjeta Profesional N° 103.431 del C.S. de la J., multa de Radicación n°70913 diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la Nación -Consejo Superior de la Judicatura-, a quien se le remitirá copia de esta providencia, para lo de su cargo. La profesional del derecho mencionada recibirá notificación de la presente providencia en la carrera 44 n° 38-11, piso 12, oficina 12c, edificio Banco Popular, de la ciudad de Barranquilla, tal como consta en la demanda inicial (folio 11), y deberá realizar el pago de la sanción
impuesta en el Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas N° 3-0070-000030-4. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Presidenta de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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