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CSJ - AL5430-2022

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL5430-2022
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2022

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL5430-2022 Radicación n.° 96015 Acta 42 Bogotá, D. C., siete (07) de diciembre de dos mil veintidós (2022).

SINDICATO NACIONAL DE INDUSTRIA DE LOS

SERVICIOS DE TRANSPORTE Y CONEXOS

(SINTRASERTA) vs. FUNDACIÓN PASCUAL BRAVO Se reconoce personería al doctor Sandro Sánchez Salazar, identificado con CC n.° 98.623.469 y T.P. n.° 95.351 del CSJ, como apoderado del Sindicato Nacional de Industria de los Servicios de Transporte y Conexos (SINTRASERTA), en los términos y para los efectos del mandato conferido. Se avoca conocimiento del recurso de anulación interpuesto por el Sindicato Nacional de Industria de los Servicios de Transporte y Conexos (SINTRASERTA) contra el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento

SCLAJPT-04 V.00

Radicación n.° 96015 Obligatorio el 30 de septiembre de 2022, convocado para dirimir el conflicto colectivo existente entre dicha empresa y la organización sindical. Por Secretaría, córrase traslado por el término de tres (3) días a la Fundación Pascual Bravo, para que, si lo considera pertinente, presente la respectiva réplica. Notifíquese y cúmplase.

SCLAJPT-04 V.00 2

Radicación n.° 96015

SCLAJPT-04 V.00 3

Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia

CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 9 DE DICIEMBRE DE 2022, Se notifica por anotación en estado n.° 182 la providencia proferida el 7 DE DICIEMBRE DE 2022. P.U. 21 __________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 14 DE DICIEMBRE DE 2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 7 DE DICIEMBRE DE 2022. P.U. 21 ___________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO En la fecha 15 DE DICIEMBRE DE 2022 a las 8:00 a.m., se inicia el traslado a la Fundación Pascual Bravo. por el término legal de tres (3) días, para que, si lo considera pertinente, presente la respectiva réplica. P.U. 21________________________________

SCLTJPT-05 V.01

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