CSJ - AL5430-2022
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - AL5430-2022
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL5430-2022 Radicación n.° 96015 Acta 42 Bogotá, D. C., siete (07) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
SINDICATO NACIONAL DE INDUSTRIA DE LOS
SERVICIOS DE TRANSPORTE Y CONEXOS
(SINTRASERTA) vs. FUNDACIÓN PASCUAL BRAVO Se reconoce personería al doctor Sandro Sánchez Salazar, identificado con CC n.° 98.623.469 y T.P. n.° 95.351 del CSJ, como apoderado del Sindicato Nacional de Industria de los Servicios de Transporte y Conexos (SINTRASERTA), en los términos y para los efectos del mandato conferido. Se avoca conocimiento del recurso de anulación interpuesto por el Sindicato Nacional de Industria de los Servicios de Transporte y Conexos (SINTRASERTA) contra el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento
SCLAJPT-04 V.00
Radicación n.° 96015 Obligatorio el 30 de septiembre de 2022, convocado para dirimir el conflicto colectivo existente entre dicha empresa y la organización sindical. Por Secretaría, córrase traslado por el término de tres (3) días a la Fundación Pascual Bravo, para que, si lo considera pertinente, presente la respectiva réplica. Notifíquese y cúmplase.
SCLAJPT-04 V.00 2
Radicación n.° 96015
SCLAJPT-04 V.00 3
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 9 DE DICIEMBRE DE 2022, Se notifica por anotación en estado n.° 182 la providencia proferida el 7 DE DICIEMBRE DE 2022. P.U. 21 __________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 14 DE DICIEMBRE DE 2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 7 DE DICIEMBRE DE 2022. P.U. 21 ___________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO En la fecha 15 DE DICIEMBRE DE 2022 a las 8:00 a.m., se inicia el traslado a la Fundación Pascual Bravo. por el término legal de tres (3) días, para que, si lo considera pertinente, presente la respectiva réplica. P.U. 21________________________________