CSJ - AL5866-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5866-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ Magistrado ponente AL5866-2025 Radicación n.° 11001310501420190062701 Acta 32 Bogotá D. C., tres (3) de septiembre de dos mil veinticinco (2025)
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN
PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP) vs. LUIS ANÍBAL ARAQUE
HERNÁNDEZ y la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES).
Se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia a la sociedad Casación Laboral Estudio SAS, identificada con nit n.° 900.739.123-5, como apoderada judicial de la recurrente, en los términos y para los efectos del poder general obrante en el archivo 008 del Ecosistema Digital Acciones Virtuales (ESAV). De igual forma, a la abogada Linda Tatiana Vargas Ojeda, identificada con tarjeta profesional n.° 287.982 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada inscrita de la sociedad que viene reconocida. SCLAJPT-04 V.00Radicación n.° 11001310501420190062701 Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que interpuso la UGPP contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 31 de mayo de 2024 en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto, en tanto el desistimiento se presentó el 9 de mayo de 2025, es decir, previo a que las
Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 31 de mayo de 2024 en el juicio de la referencia. Sin costas en este asunto, en tanto el desistimiento se presentó el 9 de mayo de 2025, es decir, previo a que las opositoras allegaran escrito de oposición (29 de mayo de 2025), tal como se explicó en la providencia CSJ AL44692025. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.