CSJ - AL5881-2021
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5881-2021
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2021
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL5881-2021 Radicación n.° 50819 Acta 42 Bogotá, D.C., tres (3) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
LA NACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO VS. GLORIA ESTHER PARDO SEGRERA.
En cumplimiento a lo ordenado en auto de 6 de octubre de 2021, a través del cual se dispuso sanear las irregularidades advertidas durante el trámite de notificación a la demandada Gloria Esther Pardo Segrera, la vocera judicial de la entidad demandante mediante correo electrónico informó que no encontró dirección diferente a la previamente indicada, en consecuencia, solicitó el emplazamiento de la demandada. Con vista en lo anterior, la secretaría de la Sala Laboral de la Corte en el informe de 25 de octubre de 2021 informó de la solicitud de emplazamiento de la accionada.
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Radicación n.° 50819 Bajo tales condiciones, es procedente acceder a lo peticionado y ordenar el emplazamiento de la demandada. Además, téngase en cuenta que en la notificación por aviso realizada se le puso de presente a la accionada que ante su inasistencia se designaría un curador ad litem para su representación y con quien se continuaría el proceso (folios 32 y 34); por tanto, en aplicación del artículo 29 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social se dispone ordenar el emplazamiento de la demandada Gloria Esther Pardo Segrera en la presente revisión. En consecuencia, se procederá a designar el curador ad
litem y efectuar el emplazamiento respectivo; una vez la Sala realizó el correspondiente sorteo con fundamento en la lista de profesionales del derecho que ejercen habitualmente la profesión ante esta, según lo dispone el artículo 48 del Código General del Proceso, se designa al abogado Esteban Pizarro Jaramillo, con domicilio profesional en la Calle 94A # 1359, de la ciudad de Bogotá y número telefónico 6237696/3184463565, para que actúe como curador ad litem de la demandada. Se advierte al citado procurador judicial que su nombramiento para los efectos señalados, es de forzosa aceptación, y se le recuerda que debe concurrir inmediatamente a asumir el cargo para el que fue designado, so pena de hacerse acreedor a las sanciones disciplinarias correspondientes. De conformidad con previsto en el artículo 108 del
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Radicación n.° 50819 Código General del Proceso y el artículo 10 del Decreto 806 de 2020 el emplazamiento se surtirá únicamente con el registro nacional de personas emplazadas Una vez surtido el anterior trámite se decidirá de plano la acción de revisión interpuesta.
III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia,
Sala de Casación Laboral, RESUELVE: PRIMERO: DESIGNAR como curador ad litem de Gloria Esther Pardo Segrera al abogado Esteban Pizarro Jaramillo, con domicilio profesional en la Calle 94A # 13 - 59, de la ciudad de Bogotá y número telefónico 6237696/3184463565
SEGUNDO: COMUNÍQUESE al profesional del derecho Esteban Pizarro Jaramillo, con domicilio profesional con
domicilio profesional en la Calle 94A # 13 - 59, de la ciudad de Bogotá y número telefónico 6237696/3184463565, que fue nombrado como curador ad litem y que deberá concurrir inmediatamente a asumir el cargo, so pena de las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar.
TERCERO: ORDENAR el emplazamiento de Gloria Esther Pardo Segrera, tal y como lo disponen los artículos 48 y 108 del Código General del Proceso y 29 del Código Procesal
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Radicación n.° 50819 del Trabajo y de la Seguridad Social y el artículo 10 del Decreto 806 de 2020.
CUARTO: Por Secretaría líbrese los oficios y comunicaciones pertinentes y agote el trámite en la forma establecida en la ley.
Una vez surtido el anterior trámite se decidirá de plano la revisión interpuesta. Notifíquese y cúmplase. Presidente de la Sala
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Radicación n.° 50819
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CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 470013105004200400012-01
RADICADO INTERNO: 50819
NACION MINISTERIO DE
RECURRENTE:
HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
GLORIA ESTHER PARDO
OPOSITOR:
SEGRERA
Dr. OMAR ANGEL MEJIA
MAGISTRADO PONENTE:
AMADOR
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 13 de diciembre de 2021 a las 08:00 a,m., Se notifica por anotación en estado n.° 204 la providencia proferida el 03 de noviembre de 2021.
SECRETARIA__________________________________
Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 16 de diciembre de 2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 03 de noviembre de 2021.