CSJ - AL5922-2024
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5922-2024
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2024
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL5922-2024 Radicación n.° 103518 Acta 37 Bogotá, D.C., nueve (9) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Ersilda Correa Marimon y otro vs. Elizabeth Rodríguez Olarte y otros La demanda de casación presentada por Ersilda Correa Marimon en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite. Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo a cada una de los opositoras, Elizabet Rodríguez Olarte y Unidad SCLAJPT-04 V.00Radicación n.° 103518 Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Ahora bien, en vista de que la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de
Ahora bien, en vista de que la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Notifíquese, publíquese y cúmplase.