CSJ - AL5971-2016
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL5971-2016
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2016
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
FERNANDO CASTILLO CADENA
Magistrado Ponente AL5971-2016 Radicación n.°69749 Acta 30 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de agosto de dos mil dieciséis (2016). José Alejandro Domínguez Ramírez Vs. Pedro Mora Durán y otros. En los términos del escrito que milita a folio 4 del cuaderno de la Corte, se acepta la renuncia presentada el 25 de febrero de 2015, por el doctor Nemesio Camelo Poveda, apoderado judicial del demandado y recurrente en casación José Alejandro Domínguez Ramírez, de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, vigente para la época. De otra parte, en los términos del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, actualmente artículo 68 del Radicación n.° 69749 Código General del Proceso y de acuerdo con lo acreditado a folios 12 a 16, téngase a Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, en su condición de cónyuge e hijas, respectivamente, como sucesoras procesales del fallecido José Alejandro Domínguez Ramírez, cuyo registro de defunción se advierte a folio 12; lo anterior, sin perjuicio de que otros interesados, en su momento, hagan valer sus derechos como herederos del ya mencionado. Ahora, como a folio 10 y 11 obra mandato conferido por Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita
María y María Alejandra Domínguez Londoño a Julio César Carrillo Guarín, quien se identifica con cédula de ciudadanía 3.014.756 y tarjeta profesional de abogado 18.953 del Consejo Superior de la Judicatura, se le reconoce personería adjetiva. En firme el presente proveído, se ordena continuar con el trámite del recurso. En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral, RESUELVE: PRIMERO.- ACEPTAR la renuncia del apoderado del recurrente, como se indicó en la parte motiva. 2 Radicación n.° 69749 SEGUNDO.- TENER a Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, en su condición de cónyuge e hijas, respectivamente, como sucesoras procesales del fallecido José Alejandro Domínguez Ramírez.
TERCERO: RECONOCER personería adjetiva a Julio César Carrillo Guarín, como apoderado judicial de
Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, conforme el poder que obra a folio 10 y 11.
CUARTO: CONTINUAR con el trámite del recurso.
Notifíquese y cúmplase.
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Presidente de Sala
GERARDO BOTERO ZULUAGA
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
3 Radicación n.° 69749
FERNANDO CASTILLO CADENA
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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